
Los Incentivos Regionales son las ayudas a la inversión que concede el Estado en zonas previamente determinadas, de acuerdo con los límites y requisitos establecidos por la Unión Europea, para contribuir así a paliar los desequilibrios interterritoriales.
Objeto del programa:
Fomento de la actividad económica en las zonas menos favorecidas mediante la concesión de ayudas a la inversión empresarial.
Beneficiarios:
- Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción.
- Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio.
- Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio.
Tipo de ayuda:
Las ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje sobre los costes considerados elegibles.
Tipo de proyectos promocionables:
Son promocionables los proyectos de creación de nuevos establecimientos, ampliación de una actividad ya establecida o inicio de una nueva actividad, así como la modernización de las instalaciones, siempre que no se trate de una mera inversión de reposición.
Inversiones subvencionables:
Los conceptos de inversión que podrán incentivarse serán los activos fijos de carácter material nuevos o de primer uso, referidos a los siguientes elementos de inversión:
- Obra Civil.
- Bienes de Equipo, excluidos los elementos de transporte exterior.
- Estudios previos del proyecto: trabajos de planificación e ingeniería, dirección facultativa de los proyectos.
- Activos inmateriales que cumplan determinados requisitos regulados en la normativa de incentivos regionales.
- Otros conceptos, excepcionalmente.
- Bienes de Equipo, excluidos los elementos de transporte exterior.
- Estudios previos del proyecto: trabajos de planificación e ingeniería, dirección facultativa de los proyectos.
- Activos inmateriales que cumplan determinados requisitos regulados en la normativa de incentivos regionales.
- Otros conceptos, excepcionalmente.