El día 20 de setiembre se publicó en el DOGC la convocatoria de ayudas para las inversiones que tienen por objetivo:
Inversiones para el procesamiento y/o la comercialización de alimentos , de los productos incluidos en el Anexo I del Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea, excepto los de los productos forestales y de pesca. Estas inversiones se han de dirigir a cualquiera de las siguientes áreas:
- Mejorar la competitividad de las industrias con procesos innovadores.
- Incrementar el valor añadido de los productos agrícolas.
- Promover la internacionalización de las empresas agroalimentarias.
Inversiones que contribuyan a la mitigación del cambio climático , en la transformación de los alimentos relacionados con cualquier proceso de transformación o comercialización de los productos incluidos en el Anexo I del Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea, excepto los de los productos forestales y de pesca. Las inversiones deben dirigirse a cualquiera de las siguientes áreas:
- Uso más eficiente de la energía en la transformación de alimentos.
- Uso de fuentes de energía renovables.
- Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
 
El monto de la inversión elegible total no puede ser inferior a 60.000 € ni superior a 5.000.000 €.

El porcentaje de subvención que se puede conceder a un proyecto será de 25% en el caso de las PYMES, del 17% en las empresas intermedias (menos de 750 empleados o facturación de menos de 200 millones de euros) y el 7% en los demás casos (grandes empresas).

Sin embargo, la cuantía máxima de subvención no podrá exceder de 500.000 € por beneficiario y por la línea de ayuda.

CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN relativos al NIF del solicitante
Los criterios de prioridad y la puntuación mínima requeridas han cambiado con respecto a convocatorias de años anteriores:
- Relación con el productor de la base, hasta 8 puntos.
- Relación con la venta de proximidad en corto circuito, 3 puntos.
- Internacionalización de la empresa, hasta 6 puntos.
- Empresa registrada en alguno de los distintivos de origen o calidad, 2 puntos.
- Empresa de productos ecológicos registrada en el CCPAE, 2 puntos.
- Nueva actividad agroalimentaria de transformación, 10 puntos.
- Empresa de micro o pequeña dimensión, 6 puntos.
- Empresa que ha implementado medidas para promover la economía circular, 3 puntos.
 
También existen criterios de priorización específicos:
- Para las inversiones destinadas a la transformación y comercialización de alimentos: innovación en producto, 4 puntos; Innovación en proceso, 4 puntos; innovación en comercialización, 4 puntos; contrato con las universidades catalanas o centros de investigación, 3 puntos.
- Para las inversiones que contribuyen a la mitigación del cambio climático: reducción de la energía fósil, 3 puntos; reducción de la energía fósil por la aplicación de las energías renovables, 5 puntos; reducción de la energía total por la implementación de energías renovables, 7 puntos.
 
La puntuación mínima para ser elegible es de 16 puntos.
 
INVERSIONES ELEGIBLES
- Inmuebles e instalaciones (con un máximo del 30% de la inversión total del proyecto).
- Nueva maquinaria y bienes de equipo.
- Programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas (con un máximo del 30% de la inversión total del proyecto).
- Gastos generales: arquitectos, ingenieros, estudios, etc. (con un máximo de 12% de la inversión total del proyecto).
 
La inversión NO se podrá iniciar antes de la fecha de solicitud de la ayuda.